Un blog del proyecto de Educación de calle.
ARTES MARCIALES EN LA CARRIONA.
31/10/2008

Pues resulta que ahora a buena parte de esta gente le ha dado por el Full-contact y la verdad no sé que pensar... Nunca me han gustado los deportes que consisten en darse de ostias y desde luego lo de apuntarse a aprenderlos para luego poder pegar a la gente me parece de macarras. ¡¡Vamos, que no mola nada!! Ahora bien. El otro día se empeñaron en hacerme una exhibición y pude comprobar que si se lo plantean son capaces de controlar y no dejarse llevar por el calentón, manteniendo las reglas del combate y por otro lado veo que es una actividad física que les motiva, lo cual comparado con quedarse en casa Chiti moviendo sólo los pulgares con la PlayStation está muy, pero que muy bien. En fin. Veremos como acaba todo esto.
¿Es legal cultivar María?
15/10/2008

La respuesta a esta pregunta es un rotundo NO. Por que en España cualquier acto relacionado con las drogas, salvo el propio consumo en un lugar privado, está castigado por la Ley; de hecho el Código Penal en su artículo 368 dice claramente que "Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico... serán castigados con penas de prisión de 1 a 3 años y multa de tanto al doble del valor de la droga." Ahora bien, el cultivo de marihuana no será considerada delito siempre y cuando esté destinado al consumo propio y la plantación esté situado en un lugar privado. Pero esto no quiere decir, ni mucho menos, que aquellos que la cultiven para su propio uso, no vayan a tener problemas con la Policía y/o la Guardia Civil que están obligados a intervenir y detener al cultivador ya que técnicamente se está cometiendo un delito, aunque a mas tarde se demuestre que no.Mas de una vez alguien me ha preguntado en cuantas plantas esta fijado el límite legal para lo que se considera "consumo propio". Lo cierto es que no hay ningún límite legalmente establecido. Ha habido casos en que la persona ha sido condenada por tener 8 plantas y otros en que con 30 plantas ha resultado absuelta. Esto depende sobre todo del criterio personal de cada juez a la hora de considerar que esa "maría" iba destinada al consumo propio o al tráfico (lo que ocurre, normalmente, cuando se estima que el cultivo sobrepasa el consumo anual del cultivador o cuando se tienen cosas sospechosas como bolsitas de plástico o balanzas de precisión o bien la persona tiene antecedentes penales por delitos de tráfico de drogas.
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